14 (Decreto) LEY PRINCIPAL CONTRA LOS EMPLEADOS DE HACIENDA

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Publicado en Observatorio

El 30 de Octubre de 1819 se circuló a todos los Gobernadores y a la Dirección General este Decreto expedido por el General Francisco de Paula Santander:

Considerando que cualquier empleado en la Hacienda Pública que ausando de la confianza con que el Gobierno le ha distinguido se entrega al fraude y mala versación de los intereses públicos es acaso más traidor a su patria que lo que es el que trama una conspiración o deserta de las banderas en donde se ha alistado, he venido en virtud de las facultades que en mi residen en decretar y decreto:

1  El empleado en la Hacienda Nacional a quien se le justificare sumariamente fraude o mala versción en los intereses públicos o resultare alcanzado, se le aplicará irremisiblemente la pena de muerte sin necesidad de formar más proceso que los informes de los Tribunales respectivos.

2  Al empleado al que se le justificare sumariamente pocfo empeño en el desempeño de su destino con perjucio del Erario Nacional, se le privará de su empleo y será destinado al servicio de las armas o a un presidio de los de Guayana, según las circunstancias.

3. Queda revocada cualquier Ley que hubiese en la materia.

Comuníquese a los gobernadores de las Provincias y  la Dirección General pra exacto cumplimiento.

Dado en en Palacio de Gobierno de Sntafé a 23 de Octubre de 1819.

FRANCISCO DE PAULA SANATNDER

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