Publicado en Trámites
1- Para la Iglesia católica no existe el Divorcio, sino la separación temporal o definitiva de los casados canónicamente.
2- Si el matrimonio ha sido válido, ninguno de los dos puede casarse de nuevo, a no ser se haya declarado nulo mediante un proceso.
3- Si la separación ha sido a causa de adulterio, el cónyuge inocente podría perdonar al otro y reanudar la cohabitación.
4- Estando separados, el conyugue inocente podría comulgar. El culpable, si se arrepiente y confiesa, también.
5- Mucha gente corriente confunde separación y divorcio.
6- Los bautizados y casados sólo por lo civil = “juntados”, no pueden comulgar ninguno de los dos.
7– Para la Iglesia el único matrimonio reconocido es el canónico = sacramento.
8- Ninguna autoridad ni civil ni eclesiástica (incluso el Papa) puede romper el vínculo. “Lo que Dios une que no lo separe el hombre” (Jesús)
9- Para casos de padres divorciados por lo civil, la enseñanza de la Iglesia es clara: no pueden comulgar.
10- Los casados por la Iglesia que contraen nuevo matrimonio por lo civil, siguen siendo miembros de la Iglesia y objeto de su atención pastoral.
Hoy por hoy nada ha cambiado de la doctrina y práctica tradicional en la Iglesia católica.
Fuente: http://miriv.blogspot.com.ar/2014/11/divorciados-separados-y-comunion.html