Publicado en Ecología
Es sabido que para la impulsiòn del agua, el acueducto Metropolitano de Cùcuta deberà hacer uso de motobombas que deberàn contar con energìa elèctrica para su funcionamineto las 24 horas del dìa.
Teniendo en cuenta que:
a) El Acueducto Metropolitano de Cùcuta se estima que tendrà UN MILLÔN DE USUARIOS y, por ende, algo asì un estimado de unos 250 mil suscriptores.
b) Desde el inicio de operaciones hay un consumo de energìa elèctrica que el Acueducto Metropolitao debe pagar a terceros por concepto de operaciòn de sus intalaciones y el bombeo del agua.
c) Es un hecho cierto el poder disponer de inmediato de una fuente de generaciòn de energìa alternativa y sostenible como es la proveniente del sol y tambièn es un hecho que està al alcance de la citada empresa la obtenciòn de la financiaciòn financiaciòn y tecnologìa correspondientes.
d) El Acueducto Metropolitano de Cùcuta no requiere de recursos propios para la iniciaciòn y puesta en marcha del Proyecto y, simutàneamente, puede generar ahorro en los costos de operaciòn por consumo de energìa elèctrica,
Por tanto:
1) SE ACONSEJA EL EMPLEO DE ENERGÌA RENOVABLE PARA EL ACUEDUCTO METROPOLITANO DE CÙCUTA (o cualquier otro sistema autosostenible) y…
2) QUE SEA LA EMPRESA ACUEDUCTO METROPOLITANO de CÙCUTA PROPIA DUEÑA DE SU PROPIA PLANTA y/o SISTEMA DE EFICIENCIA ELÈCTRICA O PLANTA DE ENERGÌA FOTOVOLTAICA.
e) Por principio de administraciòn, es necesario e imprescindible QUE EL ACUEDUCTO METROPOLITANO DE CÙCUTA SEA EL ÙNICO PROPIETARIO Y AUTOGENERADOR DE SU PROPIA ENERGÌA ELÊCTRICA PORQUE le sale màs econòmica y, porque la Comunidad que es la que paga las facturas, no deba estar sometida a eventuales sobrecargos o vaivienes de un proveedor externo por este rubro.
JUSTIFICACIONES:
a) Se puede de inmediato obtener la financiaciòn del 100% del Proyecto.
b) Se puede de inmediato contar con el diseño, implementaciòn y operatividad de la Planta de energìa solar o bajo el criterio de Eficiencia energètica.
c) Los pagos a la empresa proveedora se derivaràn de los mismos ahorros generados y consumos generados. Ello implica que no se afectarà el flujo de Caja del Acueducto Metropolitano de Cùcuta para nada.
d) Una vez instalado el sistema y, desde su mima iniciaciòn, con los ahorros y costos es un Activo que se paga asì mismo.
e) No se correrà riesgo alguno externo por fijaciòn de tarifas por concepto de consumo de electricidad. Y por ende, no se afectarà comparativamente a la Comunidad si se comprarara energìa generada por combustible fòsil. Ser generador es mcho mejor.
f) Los incentivos y menor impacto en la huella ecòlogica hacen que el uso de energìa fotovoltaica solar sean una mejor elecciòn.
g) Cabe mencionar que, incongruentemente la facturaciòn de agua o està correlacionada con facturaciòn del servicio de alcantarillado y la del aseo, por ejemplo (y riesgo de errar), si se factura 100% por agua, se le acomoda a grosso modo, el 50% al alcantarillado y un 25% al aseo, en otras palabras: la tarifa conjunta, afectarìa cada vez que suba “la luz”.
CONCLUSIÒN:
Transformar los costos en inversiòn cuando hay voluntad polìtica empresarial es una sabia decisiòn.
El concepto de pobreza en medicina, hace ènfasis en la escasez de agua; cada òrgano o tejido del cuerpo humano es y necesita agua a diario ya que debe mantener su nivel, unos en un 70%, otros un 83%, etc., es por ello, que desde un inicio hay que asegurar el Derecho Fundamental al agua y, hay hay que evitar riesgos con el transcurrir del tiempo, bien sea se estè dependiendo de afuera para suministro y fijaciòn del precio de la electricidad año a año pudièndose desde un inicio convertir los costos por ese concepto en capitalizaciòn, autosuficiencia e independencia para 30, 40 o màs años.
Ademàs, por el lado Financiero: los criterios de decisiòn en inversiòn tales como Seguridad Rentabilidad estàn en este caso muy a favor de la empresa Acueducto Metroplitano de Cùcuta y del Consumidor (Comuniad), asì como el criterio de menor Riesgo, pues se integran de tal forma con las bondades inmediatas de finnanciaciòn, forma de pago con ahorros propios, que comparados con el comprar energìa elèctrica afuera (pudièndola auotogenerar), hacen la decisiòn evidente. En resumen: SÌ SE PUEDEN REDUCIR COSTOS DESDE UN INICIO DE OPERACIONES SIN NINGUNA INVERSIÒN.
Quedan implìcitos no sôlo los ahorros sino tambièn el impacto en la imagen de marca que obtendrà el Acueducto Metrpolitano de Cùcuta desde su inicio y que significa su huella ecològica y beneficios que de la economìa circular y el valor añadido se derivan de hacer la gestiòn de inmediato.
HOJA DE RUTA SUGERIDA Y ORIENTACIÒN PELIMINAR
A continuaciòn, para orientaciòn y sustentaciòn de lo afirmado, se citan la informaciòn asì como datos y fuentes que se pueden consultar:
1) PERMISOS, REGISTRO E INCENTIVOS
-Ley No. 1715 del 13 de Mayo de 2014:
“La Ley 1715 de 2014 tiene por objeto promover el desarrollo y la utilización de las Fuentes No Convencionales de Energía, principalmente aquellas de carácter renovable, en el sistema energético nacional, mediante su integración al mercado eléctrico, su participación en las Zonas No Interconectadas y en otros usos …
http://www.upme.gov.co/Normatividad/Nacional/2014/LEY_1715_2014.pdf
2) Bondades Ley 1715
https://actualicese.com/incentivos-tributarios-por-fomentar-desarrollo-de-proyectos-de-generacion-de-energia/
-Resoluciòn 038 de 20 de Marzo de 2014, Ministerio de Minas y Energìa Comisiòn de Regulaciòn de Energìa y Gas
https://www1.upme.gov.co/Paginas/Energias-renovables.aspx
3) Invierta y gane con energìa:
http://www1.upme.gov.co/Documents/Cartilla_IGE_Incentivos_Tributarios_Ley1715.pdf
ESTUDIO DEL POTENCIAL EÓLICO Y SOLAR DE CÚCUTA, NORTE DE SANTANDER
http://revistas.unipamplona.edu.co/ojs_viceinves/index.php/RCTA/article/view/407
4) Buenas razones para invertir en energía solar:
https://ecoinventos.com/buenas-razones-invertir-energia-solar/
https://ecoinventos.com/la-energia-solar-beneficia-a-todos/
ERNESTO CONTRERAS JAIMES
Economista U.N.