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Correspondencia recibida
“NO DE PAPAYA : Principio de propiedad Al vender o comprar un vehículo, el principio de propiedad se demuestra con la tarjeta de propiedad que expide la respectiva dependencia de tránsito en la que fue matriculado.
Cuando se negocia directamente un vehículo que no es de quien lo vende, es decir, cuya tarjeta de propiedad no aparece a su nombre, no quiere decir que esta circunstancia sea grave y que no se pueda efectuar el negocio.
Más bien, quien compra debe exigir, para concluir la negociación, la confirmación del titular en dicho documento porque quien vende puede deber parte del vehículo; porque puede estar empeñado, o sea, haber solicitado préstamo sobre el vehículo; porque puede ser patrimonio de familia; porque puede ser el fruto de una herencia, cuyo proceso no se ha resuelto; o porque el titular en la tarjeta puede ser una persona fallecida.
En fin, si no se está alerta a las anteriores circunstancias, la compra del carro puede convertirse en una pesadilla.
Objeto de la compra Antes de tomar la decisión de compra, lo primero que se debe hacer es cerciorarse de la función para la que lo necesita.
Por ejemplo, si se quiere uno para transporte escolar, hay que investigar las normas de tránsito que sobre estos vehículos tiene la autoridad competente (placas, capacidad, modelo, etcétera), y no comprar a la ligera o porque le aconsejaron que era buen negocio.
A veces ocurre que alguien busca uno para el campo y, a la hora de comprar, se decide por un automóvil lujoso de ciudad.
Cuando llega a casa se percata del error que cometió, en vista de que compró lo que le gustó, mas no lo que necesitaba.
Lugar de la negociación No se deje deslumbrar por oficinas lujosas, avisos atractivos, fachadas o vitrinas vistosas.
Procure negociar con seres humanos, con quienes tenga la posibilidad de regatear o de adecuar el contrato a su conveniencia.
Recuerde que lo importante es lo que está comprando, los documentos de propiedad y, obviamente, su dinero.
El crédito directo Las operaciones comerciales en las que un particular difiere el pago del bien a otro son de sumo cuidado.
El procedimiento legal y seguro es asegurar el saldo con cheques o letras y efectuar los papeles de propiedad a nombre de quien compre, pero con reserva de dominio a favor del vendedor.
Mediante este procedimiento, en el evento de cualquier incumplimiento, el vehículo materia del negocio se puede recoger en garantía de la deuda por vía jurídica.
Conocimiento de causa Cuando se va a negociar un vehículo usado se debe tener en cuenta qué es lo que se compra o lo que se vende.
Es decir, se aspira a comprar un bien que un tercero ha disfrutado determinado tiempo y que, por efectos del uso, quien compra debe estar preparado sicológica y económicamente para invertirle unos pesos en dejarlo como quiera.
Para evitar desilusiones posteriores a la entrega del dinero y reclamos inútiles, el comprador está en el deber de hacerle una revisión mecánica, con el fin de detectar averías serias.
Procedencia del vehículo Además de observar el estado del vehículo, de preguntar por el precio y las condiciones del negocio y de fijarse en el aspecto del vendedor, es importante saber la procedencia.
No es lo mismo un automóvil de familia que uno, por ejemplo, de una entidad oficial, o que haya tenido varios dueños anteriores o que el actual se lo haya ganado en una rifa.
Todo lo anterior influye dentro del precio, en vista de que se puede deducir la clase de mantenimiento al que fue sometido en el pasado.
Manejo del dinero Un vehículo negociado no se puede entregar con un cheque, a no ser que se conozca la firma y la persona que lo gira. Mucho menos si es un viernes después de las 3:30 de la tarde, ni los sábados ni los domingos, porque en esos días no se puede confirmar el título y fácilmente puede resultar un fraude
.Si se presenta el negocio en estos días, hágalo, asegúrelo con unas arras y deje el auto en un parqueadero particular y, el día hábil siguiente, haga efectivo el cheque.
Cuando tenga la plata en el bolsillo, entregue el auto al nuevo propietario.
Vínculos familiares Para su tranquilidad, evite negociar con familiares, amigos o vecinos.
Sucede que, cuando se efectúa una negociación con personas muy cercanas, existe el riesgo de que las condiciones del contrato se ablanden, dando pie a que se incumpla lo pactado.
Además, súmele que resulta incómodo exigirle a los padres, tíos o hermanos el estricto cumplimiento del contrato porque puede lesionarse el vínculo familiar y las relaciones hogareñas.
Si tiene en cuenta todo lo anterior, es difícil que le metan gato por liebre , cuando vaya a comprar o vender su automóvil.
https://www.comparaonline.com.co/blog/seguros/seguro-de-auto/2015/11/guia-sobre-carros-usados-como-elegir-el-mejor/
El traspaso es un trámite que legaliza el cambio de propietario de un vehículo usado, su valor varía de la siguiente manera:
Carros: $128.065 + Retefuente (1% sobre avalúo comercial)
Motos: $62.665 + Retefuente (1% sobre avalúo comercial)
Para adelantar el trámite las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT. Estos son los documentos requeridos para el proceso de traspaso.
- Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
- Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
- Contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles, con improntas adheridas en la parte final o al reverso del documento.
- SOAT vigente incorporado en RUNT.
- Revisión técnico mecánica cuando haya lugar a ella, incorporada en el Runt.
- Paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito, tanto del comprador como del vendedor.
- Pago por concepto de retención en la fuente.
- Pago de impuesto sobre vehículos automotores, los cuales se validarán en la página de la Secretaría de Hacienda. Excepto para trámites de remolques y semirremolques y trámites habilitados para maquinaria agrícola, industrial y de construcción auto propulsada
– Pago de los derechos del trámite.
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Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública
Recomendaciones generales al realizar este trámite
- Debe anexar el contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Así se hace un contrato de compraventa de vehículo.
- Copias de los recibos de pago de los últimos cinco años de impuestos excepto para trámites de remolques y semirremolques, trámites habilitados para maquinaria agrícola, industrial, construcción y otros casos.
- El pago por concepto de impuesto de retención en la fuente, equivale al 1% del avalúo oficial según las tablas del Ministerio del Transporte. Usualmente la retención en la fuente la asume la parte que vende el vehículo, pues esta va a hacer parte de su declaración de renta.
- El pago de los derechos del trámite de traspaso puede variar según el modelo y la gama del vehículo.
- Comprador, vehículo y vendedor deben estar inscritos en el RUNT.”